La nueva Ley Antifraude ha entrado en vigor el pasado 11 de octubre y recoge las normas pertinentes para perseguir y sancionar la posesión o uso de software con contabilidad en ‘b’.
Qué es la contabilidad en ‘b’
Para poder comprender esta nueva ley, hay que entender primero que es la contabilidad en ‘b’ o también conocida como doble contabilidad. Es aquella que cuenta con un software que genera contabilidades paralelas: la real y la que se presenta a la administración.
Para cumplir la ley, las operaciones de una empresa se deben de hacer dentro de sus cuentas oficiales para que así, toda la información relacionada con la misma quede guardada. De esta forma, la contabilidad en ‘b’ quedaría fuera de estas cuentas oficiales, limitando esa información al Estado y provocando interrogantes sobre la procedencia de dichas entradas o salidas de dinero, es decir, se estaría facturando sin declarar.
¿A quién afecta la ley antifraude?
Las multas pueden ir dirigidas tanto a autónomos como pymes que hagan uso de estos programas como a los sistemas informáticos que ofrecen este servicio. Por esta misma razón, es importante estar bien asesorado y trabajar con profesionales que aseguren todas las medidas legales.
Todo negocio está obligado a presentar un software certificado a la Administración pública que garantice que no tiene contabilidades paralelas o que puedan alterar las cuentas y pagos. El incumplimiento de este está considerado como un delito contable.
Si tu versión actual no cumple con la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal de obligado cumplimiento, no dudes en acudir a manos de profesionales para cumplir con la legislación.
Sanciones y multas por el uso de un software de doble contabilidad
Los programas de doble contabilidad quedan totalmente prohibidos, por lo que aquella empresa, autónomo o comercio que tenga en su posesión un software de doble uso, estará cometiendo un delito por el que será castigado con multas de hasta unos 150.000€, estas multas podrán alcanzar precios más o menos elevados en función del tipo de infracción que se cometa.
- Multas de 150.000€ por la comercialización, fabricación o producción de estos programas de gestión de doble uso.
- Multas de 50.000€ por uso o posesión de un programa de doble uso.
Esta nueva medida va dirigida tanto a las empresas que poseen este software como a los fabricantes de TPVs y contabilidad, distribuidores o clientes… Esto afecta a cualquier tipo de negocio independientemente del sector.
Solución que damos en SDi
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La mejor manera de evitar ser sancionado por la ley antifraude es gestionar tu negocio con un programa de gestión adaptado a ley antifraude.